¿Qué gastos paga el banco y cuáles yo?
Desde la Ley 5/2019, el banco paga la notaría, el registro y la gestoría de la hipoteca y el impuesto de su escritura. Tú pagas la tasación, el registro de la compraventa y, por lo general, su notaría (por ley la escritura es del vendedor salvo pacto, pero lo habitual es pactar que la pague el comprador), el impuesto de compra (ITP, o IVA y AJD si es nueva) y las copias que pidas.
Ejemplo
En una compra de 200.000 €, tus gastos de notaría, registro, gestoría y tasación rondan los 1.700 € con IVA (notaría y registro por arancel oficial; gestoría y tasación, estimadas).
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Fuentes
- BOE · Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario · BOE (oficial) · En vigor desde el 16/06/2019
- BOE · Real Decreto 1426/1989, arancel de los notarios (anexo I, número 2: documentos de cuantía) · Boletín Oficial del Estado (oficial) · Texto consolidado, comprobado el 21/10/2026
- BOE · Real Decreto 1427/1989, arancel de los registradores (anexo I, número 2: inscripciones; mínimo y máximo) · Boletín Oficial del Estado (oficial) · Texto consolidado, comprobado el 21/10/2026