¿Obra nueva o segunda mano?
La obra nueva paga IVA (10 %) y AJD (en Canarias, IGIC; en Ceuta y Melilla, IPSI); la de segunda mano, ITP (entre el 3 % y el 10 % según comunidad). La nueva suele ser más cara pero necesita menos reformas. Si compras sobre plano, las cantidades que adelantas deben estar garantizadas por un aval o un seguro del promotor.
Ejemplo
Piso nuevo de 200.000 €: unos 23.000 € de IVA y AJD. Usado al mismo precio en la Comunitat Valenciana: 18.000 € de ITP (9 %).
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Fuentes
- Ministerio de Hacienda · Tributación autonómica 2026, capítulo I · Ministerio de Hacienda (oficial) · Actualizado el 23/09/2026