Impuestos al comprar vivienda en Extremadura
Pagas el 8 % hasta 360.000 €. Si es tu vivienda habitual, cuesta 200.000 € o menos y tu base imponible no pasa de 30.000 €, pagas el 7 %, y el 4 % si tienes menos de 36 años.
Tipos del impuesto de compra
| Vivienda usada (ITP), tipo general | 8 % (sube por tramos en viviendas caras) |
|---|---|
| Menores de 36 años, vivienda habitual de hasta 200.000 € y base imponible de hasta 30.000 € (55.000 € en declaración conjunta) | 4 % |
| Vivienda habitual de hasta 200.000 € y base imponible de hasta 30.000 € (55.000 € en conjunta) | 7 % |
Lo gestiona: Junta de Extremadura (Hacienda). Comprobado en la norma oficial.
Ejemplo
Piso de 120.000 € con 30 años: 4.800 € en lugar de 9.600 €.
Si es obra nueva
No se paga ITP, sino IVA del 10 % y AJD del 1,5 % sobre la escritura. Vivienda habitual de hasta 200.000 € y base imponible de hasta 30.000 € (55.000 € en conjunta): 0,5 %.
Otros casos
- En parejas casadas o de hecho inscritas basta con que uno cumpla la edad.
- El 4 % también en municipios de menos de 3.000 habitantes, familias numerosas y discapacidad (mismos límites).
- En obra nueva, el AJD baja al 0,5 % con los mismos límites de precio y renta (Ley 2/2026).
Ayudas en Extremadura
Fuentes
- Ministerio de Hacienda · Tributación autonómica 2026, capítulo I · Ministerio de Hacienda (oficial) · Actualizado el 23/09/2026
- BOE · Decreto Legislativo 1/2018 de Extremadura, tributos cedidos (arts. 36 a 47, consolidado) · BOE (oficial) · Actualizado el 17/08/2026 (incluye la Ley 2/2026)
- BOE · Ley 1/2025 de Extremadura (tipo de jóvenes) · BOE (oficial) · 2025